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Convenio entre Estudio Jurídico www.aycia.cl y www.sigweb.cl

DemandasEn el presente mes, se firmó Convenio Apezetche Casanueva & Cia, y  www.sigweb.cl,  en lo relacionado a demandas por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales con importantes beneficios a empresas y personas en su condición de  suscriptores de www.sigweb.cl, donde nuestros asociados podrán contar con la asesoría de abogados en diversas materias como Derecho Laboral, Civil, Familia, Comercial,  con precios preferenciales que varían entre un 20 a un 25% del valor lista, donde la primera consulta es gratuita e inmediata.

Además, este estudio jurídico, se especializa en el Despidos, , Vulneración de Derechos Fundamentales y por supuesto lo que nos convocó a firmar el convenio que es todo  lo relacionado con Accidentes del Trabajo y Enfermedades profesionales.

Como señalamos, el objetivo del convenio es brindar un beneficio a todos los suscriptores de www.sigweb.cl, dichos beneficios consisten en:

  1. Ser atendido por abogados especialistas, vía mail o presencial en forma totalmente gratuita.
  1. Acceder a descuentos en los juicios patrocinados por el Estudio Jurídico, que van desde un 20% a un 25% sobre el honorario de lista, dependiendo de la materia y cuantía del juicio.

Al respecto, es importante destacar la responsabilidad del empleador en lo referido a la protección del empleador, dentro de cuyo este ámbito el Código del Trabajo, establece que el empleador debe proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, para cuyo efecto debe proporcionarles condiciones adecuadas de higiene y seguridad en el trabajo, elementos de protección personal y medios para acceder a una oportuna y adecuada atención médica en casos de accidentes.

Asimismo, la Ley N° 16.744, establece que el empleador, entre otras materias debe:

  • Implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo.
  • Entregar los equipos de protección personal. (E.P.P.), Informar a lo trabajadores oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos correctos de trabajo. (Obligación de Informar Riesgos Laborales D.S. N° 40 art 21). Este es un elemento central en los juicios por accidentes.
  • Entregar a cada trabajador el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
  • Constituir el Comité paritario de Higiene y Seguridad.
  • Formar el Departamento de Prevención de Riesgos
  • Confeccionar el Reglamento para empresas Contratistas y subcontratistas.

Otro aspecto a considerar es la responsabilidad solidaria del empleador 

Es aquella en que la empresa principal responde conjuntamente con el contratista o subcontratista, según el caso, respecto de las deudas laborales y previsionales que tengan éstos con sus trabajadores. Para hacer efectiva la responsabilidad solidaria el trabajador debe entablar la demanda en contra de su empleador directo y en contra de todos aquellos que puedan responder de sus derechos. De esta forma la responsabilidad solidaria permite perseguir el pago de las obligaciones indistintamente del empleador directo (contratista o subcontratista) o de la empresa principal

Juicios por Accidentes del Trabajo  

La ley N° 16.744 en su artículo 69° establece que cuando el accidente o enfermedad se deba a culpa o dolo de la entidad empleadora o de un tercero, sin perjuicio de las acciones criminales que procedan, deberán observarse las siguientes reglas:

  1. a) El organismo administrador tendrá derecho a repetir en contra del responsable del accidente, por las prestaciones que haya otorgado o deba otorgar, y
  2. b) La víctima y las demás personas a quienes el accidente o enfermedad cause daño podrán reclamar al empleador o terceros responsables del accidente, también las otras indemnizaciones a que tengan derecho, con arreglo a las prescripciones del derecho común, incluso el daño moral.

Asimismo, que la Ley N° 16.744, establece que el empleador, entre otras materias debe:

  • Implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo
  • Entregar los Equipos de Protección Personal
  • Informar a lo trabajadores oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos correctos de trabajo. Este es un elemento central en los juicios por accidentes. (Obligación de Informar Riesgos Laborales D.S. N° 40 art 21)
  • Entregar al trabajador el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
  • Constituir el Comité paritario de Higiene y Seguridad.
  • Formar el Departamento de Prevención de Riesgos
  • Confeccionar el Reglamento para empresas Contratistas y subcontratistas.
Para acceder a estos beneficios, basta que lo indiquen a nuestros correos, y en línea podrán hacer uso de este importante beneficio.
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