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Conozca cómo operará la nueva Superintendencia del Medio Ambiente en Chile

Desde octubre de 2010, Chile cuenta con una nueva institucionalidad ambiental. La antigua Conama fue remplazada por tres nuevos organismos: el Ministerio del Medio Ambiente (MMA), el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), la que contará con sus plenas facultades tras la entrada en operación de los Tribunales Ambientales, recientemente aprobados.

¿Qué hace?

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) es la institución encargada de ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización, de todos los instrumentos de gestión ambiental. De esta forma, la Superintendencia del Medio Ambiente busca proteger la salud de las personas y el entorno a través de una fiscalización estratégica, con énfasis en el cumplimiento y un fuerte apoyo tecnológico.

¿Cómo lo hace?

La Superintendencia es la encargada de fiscalizar que se cumpla la normativa ambiental y sancionar los incumplimientos.

Para esto, la Superintendencia podrá desarrollar esta labor mediante tres modalidades de fiscalización. En primer lugar, mediante una modalidad directa, a través de sus propios funcionarios; en segundo lugar, a través de los organismos sectoriales, pudiendo encomendarles determinadas labores de fiscalización sobre la base de la programación anual que se determine; y, finalmente, mediante terceros debidamente acreditados y autorizados por la Superintendencia.

¿Qué multas aplicará?

Cuando la SMA tenga todas sus facultades operativas, luego de la instalación del primer Tribunal Ambiental, podrá multar hasta aproximadamente US$ 10 millones, disponiendo incluso atribuciones para cerrar temporal o definitivamente instalaciones.

 

¿A quiénes fiscaliza y sanciona?

Fiscalizará a los titulares de proyectos o actividades que cuentan con Resoluciones de Calificación Ambiental, a los obligados por las normas de emisión, Planes de Prevención y Descontaminación Ambiental. En todos los casos anteriores, sin distinción si son públicos o privados.

¿Cuándo contará con todas sus atribuciones?

Las atribuciones fiscalizadoras y sancionadoras de la SMA entrarán en plena vigencia el mismo día que comience su funcionamiento el Tribunal Ambiental de Santiago, esto es, transcurridos 6 meses desde la publicación de la ley que aprueba los tribunales.

¿Cómo buscará proteger el medio ambiente?

Contará con una Metodología de Determinación de Sanciones para establecer castigos previsibles y proporcionales en diversas herramientas de promoción del cumplimiento entre las que se destacan:

Cumplimiento: Herramienta que permite al infractor corregir el incumplimiento ambiental y sus efectos, evitando la sanción que le correspondería.

La Autodenuncia: Herramienta mediante la cual el infractor declara cometer una infracción ambiental y corrige el incumplimiento y sus efectos, se exime y obtiene una rebaja de la multa que le correspondería, siempre y cuando ejecute íntegramente un programa de cumplimiento aprobado por la autoridad.

Plan de Reparación del daño ambiental: En el caso que un infractor haya causado daño ambiental, la ley le permite presentar un “Plan de Reparación” ante la SMA, el cual aprobado y ejecutado extingue la acción por daño ambiental ante los Tribunales Ambientales.

Febrero de 2012

Fuente: www.sma.gob.cl

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