Decreto N° 44 Reglamento de la SST
El Decreto N°44 comienza a regir en febrero 2025 y viene a integrar la gestión de la prevención de riesgos laborales en todos los niveles de la organización y deroga a los Decretos Supremos N° 40 y 54 que estaban vigentes desde el año 1969.
Este reglamento contiene un ámbito de aplicación transversal respecto a la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) y el gestión preventiva de los riesgos laborales en los lugares de trabajo, estableciendo nuevas obligaciones para los empleadores, para la constitución de Comités Paritarios, Encargados (as) de SST y Delegados (as) de SST.
Esta nueva normativa genera cambios significativos en las organizaciones y se irá robusteciendo definiciones técnicas e instrucciones que se deberán generar principalmente por la Superintendencia de Seguridad Social y el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y el propio Instituto de Salud Pública, las cuales determinan la gestión que deberá realizar la empresa y las asistencias técnicas que corresponden a los organismos administradores.
La normativa viene a regular o centralizar en un mismo cuerpo legal todos los requisitos en términos de gestión del riesgo. Además, hay incorporaciones que anteriormente no estaban normadas y es muy explícito en su alcance., y se basa en 5 Principios de la gestión preventiva, que están contenido en la Política Nacional de SST, tales como:
• Enfoque en la gestión de los riesgos laborales y en la adaptación del trabajo a las personas, desde el diseño de los procesos, puestos de trabajo, entre otros.
• Enfoque de género en la gestión de los riesgos laborales, considerando la exposición de manera diferenciada a los riesgos laborales según condiciones biológicas, sociales y desiguales.
• Compromiso de los representantes y directivos de las entidades empleadoras y promoción de la participación permanente de trabajadores en la gestión de riesgos laborales.
• Mejora continua de la gestión de los riesgos laborales.
• Responsabilidad de la gestión de los riesgos laborales de las entidades empleadoras en su rol de empresa principal o usuaria y de los deberes de cuidado, colaboración y observancia de las personas trabajadoras respecto de la gestión preventiva empresarial.
Al analizar en su real dimensión, el contenido se puede concluir que será un verdadero aporte a la SST del país.
El Decreto N° 44 establece un marco para la prevención de riesgos laborales en Chile, entró en vigencia el 1 de febrero de 2025, y:
- Promueve un enfoque preventivo, participativo y de género en los lugares de trabajo.
- Establece directrices para la gestión de riesgos en modalidades laborales modernas.
- Fortalece la cultura de prevención
- Busca asegurar que las empresas adopten un enfoque proactivo en la gestión de la seguridad laboral
- Permite reconocer la organización preventiva que deben cumplir las entidades empleadoras y sus lugares de trabajo
Este Decreto, establece que todas las entidades empleadoras deben implementar o restructurar un sistema de gestión de la SST
Principios de la Gestión Preventiva:
Prevención de riesgos y adaptación del trabajo a personas; Responsabilidad de empleador(a); Compromiso y participación; Enfoque de género y Mejora continua
La entidad empleadora deberá implementar un Sistema de Gestión de la SST, que está definida como conjunto de procesos y elementos que se integran para prevenir accidentes y enfermedades laborales. Su objetivo principal es garantizar un entorno de trabajo seguro y saludable, promoviendo la prevención y el bienestar de los trabajadores., y deber contener, a lo menos, lo siguiente:
- Una Política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) que establezca las directrices de los programas y acciones de las entidades empleadoras en materia de prevención de riesgos laborales, debiendo explicitar, a lo menos, el compromiso de protección de la vida y salud de las personas trabajadoras.
- La estructura organizacional de la entidad empleadora para la gestión preventiva de los riesgos laborales, indicando las funciones, interacción y responsabilidades en los diferentes niveles jerárquicos de la organización
- El diagnóstico, la planificación y programación de la actividad preventiva, basada en el cumplimiento de la normativa vigente y en la matriz de identificación de peligros y evaluación de los riesgos a que se refiere el presente reglamento.
- La evaluación o auditoría periódica del desempeño del Sistema de Gestión de la SST
- La acción en promoción de mejoras continuas o correctivas, debiendo contar para ello con mecanismos permanentes que garanticen la eficacia de las medidas preventivas adoptadas y su corrección en función de los resultados obtenidos en la evaluación definida previamente, de manera de introducir los progresos que requiera el Sistema de Gestión de la SST.
El compromiso y la participación, implica que las entidades empleadoras, a través de sus representantes y directivos, deberán comprometerse activamente en la gestión de los riesgos laborales promoviendo, igualmente, la participación permanente de las personas trabajadoras o de sus representantes, en la planificación, implementación, evaluación y control de los riesgos y la mejora continua de su gestión.
Elementos del Sistema del Sistema de Gestión Preventiva en SST
1) Política de SST
2) Organización de la SST
3) Responsabilidad de la Entidad Empleadora en SST
4) Obligaciones de la Personas Trabajadoras en SST
5) Diagnóstico y Evaluación Cumplimiento Legal
6) Matriz Evaluación de Riesgos
7) Mapas de Riesgos
8) Programa de Trabajo en SST
9) Investigación de incidentes/accidentes/enfermedades del trabajo
10) Gestión Preventiva en el uso de Máquinas, Equipos y Elementos de Trabajo
11) Uso de Equipos de Protección Personal (EPP/EPA)
12) Información y Formación en SST
13) Capacitación en Prevención de Riesgos Laborales (IRL)
14) Plan de Gestión para Reducción de Riesgos de Emergencia, Catástrofes o Desastres.
15) Departamento de Prevención de Riesgos
16) Comité Paritario de Higiene y Seguridad
17) Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo
18) Encargado de Prevención de Riesgos
19) Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
20) Vigilancia Ambiental y de Salud
21) Seguimiento y mejora continua
22) Registro e Indicadores Estadísticos de SST