Los Reglamentos Internos de Orden, Higiene y Seguridad segun el-DS N° 44 y CdT
Obligación de las entidades empleadoras respecto de los Reglamentos Interno de Orden, Higiene y Seguridad.
Toda entidad empleadora, debe confeccionar un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, cuyo contenido a contar del 1° de febrero de 2025 está regulado por DS N° 44, el constituye una excelente herramienta técnica y legal, dado que permite establecer los aspectos contractuales entre trabajadores y la entidad empleadora, dando cumplimiento a las exigencias legales, lo que es clave para regular la relación contractual y enfrentar potenciales demandas por responsabilidad civil y penal, y las fiscalizaciones de los organismos competentes.