Legislación

Obligación de las entidades empleadoras respecto de los Reglamentos Internos de Orden, Higiene y Seguridad.

Toda entidad empleadora, debe confeccionar un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, cuyo contenido a contar del 1° de febrero de 2025 está regulado por DS N° 44, el constituye una excelente herramienta técnica y legal, dado que permite establecer los aspectos contractuales entre las personas trabajadoras y la entidad empleadora, dando cumplimiento a las exigencias legales, lo que es clave para regular la relación contractual y enfrentar potenciales demandas por responsabilidad civil y penal, y las fiscalizaciones de los organismos competentes.

La Ley N° 16.744, a través del DS N° 44, establece que las empresas o entidades estarán obligadas a mantener al día los reglamentos internos y las personas trabajadoras a cumplir con las exigencias que dichos reglamentos les impongan, y entregar un ejemplar en forma gratuita a la persona trabajadora.